martes, 10 de noviembre de 2009

PROTECCION Y CONSERVACION DEL LUGAR DE LOS HECHOS

PROTECCION Y CONSEVACION DEL LUGAR DE LOS HECHOS.

Si queremos reconstruir con seguridad un echo delictuoso o identificar al infractor, es necesario conservar el lugar de los hechos.
Al proteger y conservar el lugar de los hechos se persigue un fin inmediato y otro mediato:
- El fin inmediato consiste en tratar de que el escenario del delito permanezca tal cual lo dejó el infractor, a fin de que toda la evidencia física conserve su situación, posición y estado original.
- El fin mediato consiste en poder llegar a reconstruir los hechos e identificar al autor mediante el examen de los indicios y su adecuada valoración.

Los indicios son testigos mudos de los hechos y mediante la aplicación de la ciencia logramos hacer habar a estos testigos, a fin de resolver las siete preguntas que el investigador se debe formular: ¿QUE? ¿QUIEN? ¿CUANDO? ¿COMO? ¿DONDE? ¿POR QUE? ¿CON QUIE?

Instrucciones genéricas para lograr el fin mediato:

1. En caso de cualquier delito, el primer agente de la policía que tenga conocimiento del hecho cuidará de que el estado de los lugares dende se a cometido sea conservado sin cambio alguno, y que nadie toque el objeto del delito.
2. Si el delito se ha cometido en un lugar cerrado (un cuarto), todas las vías de acceso, puertas y ventanas, serán cerradas y celosamente vigiladas, a fin de que nadie entre.
3. Si el delito fue cometido en una casa aislada o en campo abierto, el acceso a los lugares quedara prohibido para el publico en un radio de cuando menos cincuenta metros a la redonda.
4. El acceso al lugar o lugares del crimen quedará prohibido para toda clase de personas que no tengan nada que ver con la pesquisa judicial.
5. Los agentes de la policía que tomen primero conocimiento del hecho, se abstendrán de tocar o mover los muebles, utensilios y, sobre todo, los objetos de superficie lisa que se encuentre en el lugar.
6. Se prohibirá cambiar la posición y situación de los cadáveres.
7. Se evitara lo más que sea posible andar en la zona cuidada.
8. Una vez lograda la adecuada protección conservación del lugar, de inmediato se iniciará la labor investigativa, fijando mediante fotografías, descripción escrita y croquis el lugar de los hechos.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario